Los principales impuestos autónomos que deberás pagar en 2023 son el IRPF y el IVA, que son los impuestos obligatorios para cualquier trabajador por cuenta propia, nacional o extranjero (si es tu caso y resides por más de 180 días en el país).
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es obligatorio para cualquier persona que emprenda una actividad económica en España, y consiste en un porcentaje de los ingresos netos.
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), es un impuesto que se añade a la factura y que paga el cliente o el comprador. En este caso, el autónomo actúa como un recaudador de este impuesto para entregarlo al Estado.
Impuestos autónomos: el IRPF
Es, de los impuestos autónomos, el más importante, sin ninguna duda. Trimestralmente, el trabajador por cuenta propia debe llenar una declaración de impuesto y cancelar el 20% de sus ingresos netos.
Esta declaración y el pago deben hacerse en enero, abril, julio y octubre, y se dice que se trata de un impuesto subjetivo porque el cálculo se establece sin saber realmente la cantidad precisa de los ingresos.
Por eso hay una quinta declaración, que es la declaración anual que se realiza entre mayo y junio del año siguiente, y donde estos impuestos autónomos se ajustan, haciendo un pago adicional o recibiendo una devolución por haber pagado de más.
Beneficios fiscales
Los trabajadores autónomos pueden hacer una serie de deducciones totales y parciales que sirven para reducir la cantidad de los ingresos netos y, por tanto, de la cantidad a pagar en el IRPF.
Por ejemplo, puedes deducir totalmente lo que pagas en gastos de inversión necesarios para el mantenimiento de la actividad económica, lo que aportas a la Seguridad Social, y lo que pagas por concepto de salarios, si tienes empleados, o por cursos de formación.
Si trabajas desde tu vivienda, puedes deducir un porcentaje del pago de los servicios (agua, electricidad, internet). También puedes hacer deducciones parciales de lo que pagues en comida y alojamiento, si se trata de viajes relacionados con tu actividad económica.
Si necesitas más información puedes visitar su web o llamar a APF Consultores:
El Impuesto sobre el Valor Añadido
El IVA se considera un impuesto indirecto porque en realidad lo pagan aquellos que compran tus productos o se benefician de tus servicios. Aunque tú también pagas IVA al adquirir mercancía o insumos para tu actividad económica.
Por lo general, el IVA equivale al 21% del coste del producto o del servicio. Si el servicio fue de 200 euros, al sumar el IVA el importe total será de 242 euros.
El IVA se declara y paga, del mismo modo que el IRPF, trimestralmente los primeros 20 días de enero, abril, julio y octubre. Los autónomos pueden deducir de su declaración del IRPF lo que paguen por concepto de IVA al adquirir productos o insumos para su actividad económica.
Otros impuestos
Cuando los ingresos superan los 30.000 euros, quizás sea más rentable para el autónomo crear una sociedad de responsabilidad limitada, con lo que podría terminar pagando un porcentaje menor al del IRPF.
Si creas una empresa de esta clase te corresponderá pagar el Impuesto sobre Sociedades, que inicialmente es de un 25% anual y va a aumentar de acuerdo con los ingresos, pero va a estar por debajo del IRPF.
Un beneficio que otorgan a aquellos que deciden crear una sociedad de responsabilidad limitada es que el Impuesto sobre Sociedades es de un 15% los dos primeros años.